Imponer a la empresa Helicópteros del Cusco S.A., una multa equivalente a una UIT al haber incurrido en la comisión de la infracción administrativa tipificada como I-40 que aprueba el PAS.
Declarar infundado el recurso de reconsideración presentado por la Agencia de Viajes y Turismo Amadcus Travel Tours E.I.R.L. y en consecuencia autorizar a la citada agencia de viajes y turismo operar en la Red de Caminos Inca del SHM por el plazo de un año.
Dejar sin efecto el extremo de la RJ Nº019-2011-SERNANP-SHM-J que autoriza a la agencia de viajes y turismo Mayuc Cusco E.I.R.L. a operar en la Red de Caminos Inca.
Declarar fundado el recurso de reconsideración presentado por la Agencia de Viajes y Turismo Cocatambo Inversiones Turísticas SCRL y en consecuencia autorizar a la citada agencia para operar la Red de Caminos Inca del SHM.